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Restricción de motos y parrilleros en Bucaramanga inicia el 2 de febrero

Nuevas cargas tributarias encarecen las motos de alto cilindraje en Colombia

Image by Cris from Pixabay

Por: Helga Serrano
enero 27, 2026
Tiempo de lectura: 2 minutos leídos
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La Dirección de Tránsito de Bucaramanga confirmó que desde el 2 de febrero de 2026 entrará en vigencia una nueva restricción para motos y parrilleros en corredores específicos de la ciudad, con horarios de hora pico en semana.

La Resolución 063 de 2026 establece que habrá limitaciones tanto a la circulación de motocicletas como al transporte de acompañante (parrillero) en tramos puntuales de la malla vial urbana.

La medida se enmarca en órdenes judiciales que exigen acciones contra el mototaxismo y el transporte informal, así como en estudios técnicos sobre siniestralidad vial.

Zonas y horarios de restricción

Sobre la carrera 33, entre la quebrada Seca y la calle 55 en sentido norte–sur y entre la calle 56 y la quebrada Seca en sentido sur–norte, las motos no podrán circular de lunes a viernes de 6:00 a 9:00 a. m. y de 5:00 a 8:00 p. m.

En la calle 36, entre las carreras 15 y 19 (eje centro), se prohíbe el tránsito con parrillero en ambos sentidos de lunes a viernes, entre las 6:00 y 8:00 a. m. y entre las 6:00 y 8:00 p. m.

Objetivo y contexto

El propósito central, según las autoridades, es intervenir los llamados “terminalitos” de transporte informal y reducir la accidentalidad asociada al mototaxismo, sin frenar los desplazamientos cotidianos de los ciudadanos.

La fecha del 2 de febrero marca el paso de una fase de concertación y socialización a un escenario de control estricto, luego de ajustes ordenados por el Juzgado 15 Administrativo y tras una suspensión parcial previa de la medida en 2025.

Excepciones previstas

Están exceptuadas las motocicletas vinculadas a la fuerza pública, servicios de salud, personal de seguridad privada, personas con discapacidad y vehículos de enseñanza, siempre que acrediten su condición ante la autoridad.

Estos casos especiales deberán cumplir igualmente con las demás normas de tránsito y podrán ser verificados en los operativos que acompañarán la implementación del nuevo esquema de control a las motos.

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La Resolución 063 de 2026 establece que habrá limitaciones tanto a la circulación de motocicletas como al transporte de acompañante (parrillero) en tramos puntuales de la malla vial urbana.

La medida se enmarca en órdenes judiciales que exigen acciones contra el mototaxismo y el transporte informal, así como en estudios técnicos sobre siniestralidad vial.

Zonas y horarios de restricción

Sobre la carrera 33, entre la quebrada Seca y la calle 55 en sentido norte–sur y entre la calle 56 y la quebrada Seca en sentido sur–norte, las motos no podrán circular de lunes a viernes de 6:00 a 9:00 a. m. y de 5:00 a 8:00 p. m.

En la calle 36, entre las carreras 15 y 19 (eje centro), se prohíbe el tránsito con parrillero en ambos sentidos de lunes a viernes, entre las 6:00 y 8:00 a. m. y entre las 6:00 y 8:00 p. m.

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