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Prohíben el uso de fósforo blanco en la pólvora

Prohíben el uso de fósforo blanco en la pólvora
Por: Amparo Parra Mosquera
diciembre 21, 2023
Tiempo de lectura: 2 minutos leídos
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Con el objetivo de establecer requisitos para el uso, fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra y venta de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio, el Gobierno expidió el decreto 2174 de 2023.

La norma introduce modificaciones a las normativas existentes sobre pólvora y productos pirotécnicos, con el fin de garantizar los derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud y la recreación de los niños, niñas y adolescentes y ciudadanía en general.

El decreto, firmado por el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, prohíbe totalmente la producción o fabricación, la manipulación o uso y la comercialización de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fósforo blanco, y determina multas, que están por el orden de los $230 millones.

Contempla la exigencia para el permiso previo de la Alcaldía Municipal para demostraciones públicas y privadas de pólvora y de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales de categoría tres.

Establece una prohibición a la venta y manipulación de pólvora, artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y globos aerostáticos de pirotecnia a niños, niñas y adolescentes y a personas en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o prohibidas, en todo el territorio nacional.

“De encontrarse un niño, niña o adolescente usando, manipulando, transportando, comprando o vendiendo pólvora, artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos aerostáticos de pirotecnia, le será incautado el producto y será conducido y, puesto a disposición de un defensor de familia, o de la autoridad que haga sus veces, quien determinará las medidas de protección a adoptar, (…)’, indica el decreto.

Se crea la Mesa Técnica para la prevención de riesgos asociados a la actividad pirotécnica que está encargada de la formulación de los criterios de evaluación de riesgos sobre el uso, fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra y venta de pólvora, productos pirotécnicos, juegos artificiales, globos aerostáticos de pirotecnia y sustancias peligrosas e identificación, medición, evaluación y gestión de los riesgos asociados a la actividad pirotécnica.

La mesa está integrada por los ministerios del Interior, Defensa, Salud, Justicia, Transportes, Ambiente y Comercio, entre otras entidades como el Instituto Nacional de Salud y la Dirección Nacional de Bomberos.

El Ministerio del Interior está liderando la campaña pedagógica ‘La Vida Brilla Sin Pólvora’ para concientizar sobre el uso inapropiado de la pólvora durante las festividades de fin de año y el inicio de 2024.

Cifras del Instituto Nacional de Salud (INS) indican que, ya son 387 personas quemadas, de los cuales 132 son menores de edad que han resultado con lesiones ocasionadas por la manipulación de pólvora, lo que representa un incremento del 18.7 por ciento en comparación con el 2022 cuando se reportaron 326 casos a la fecha.

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La norma introduce modificaciones a las normativas existentes sobre pólvora y productos pirotécnicos, con el fin de garantizar los derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud y la recreación de los niños, niñas y adolescentes y ciudadanía en general.

El decreto, firmado por el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, prohíbe totalmente la producción o fabricación, la manipulación o uso y la comercialización de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fósforo blanco, y determina multas, que están por el orden de los $230 millones.

Contempla la exigencia para el permiso previo de la Alcaldía Municipal para demostraciones públicas y privadas de pólvora y de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales de categoría tres.

Establece una prohibición a la venta y manipulación de pólvora, artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y globos aerostáticos de pirotecnia a niños, niñas y adolescentes y a personas en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o prohibidas, en todo el territorio nacional.

“De encontrarse un niño, niña o adolescente usando, manipulando, transportando, comprando o vendiendo pólvora, artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos aerostáticos de pirotecnia, le será incautado el producto y será conducido y, puesto a disposición de un defensor de familia, o de la autoridad que haga sus veces, quien determinará las medidas de protección a adoptar, (…)’, indica el decreto.

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