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Procuraduría suspendió, en segunda instancia, a exgerente del Hospital Universitario de Santander

Procuraduría suspendió, en segunda instancia, a exgerente del Hospital Universitario de Santander
Por: Amparo Parra Mosquera
febrero 16, 2024
Tiempo de lectura: 1 minutos leídos
A A
0 0

Por infringir la normatividad sanitaria del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la Procuraduría General de la Nación suspendió por ocho meses al exgerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Hospital Universitario de Santander (HUS), Eimar Sánchez Sánchez (2012-2016).

La Entidad comprobó en fallo de segunda instancia, que el exfuncionario permitió que la institución a su cargo fabricara y suministrara gases medicinales, que por no contar con la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración eran considerados como un producto farmacéutico fraudulento.

Además, avaló la adecuación y ajuste de la concentración de medicamentos estériles y no estériles, y el reempaque de medicamentos sólidos estériles, a pesar de no tener el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.

Como consecuencia de estos incumplimientos, el Invima adelantó un proceso administrativo sancionatorio e impuso una multa de 3.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes SMMLV al hospital, tal como se evidenció en el acta de inspección, vigilancia y control.

La Procuraduría aseguró que Sánchez Sánchez no actuó oportunamente para evitar que la ESE que gerenciaba incurriera en irregularidades, “con lo cual puso en riesgo la prestación del servicio de salud, además de originar una afectación patrimonial, producto de la suma cuantiosa que fue impuesta por el Invima”.

La falta del exgerente fue calificada como grave a título de culpa gravísima por incumplir los procedimientos establecidos en las normas sanitarias para la prestación óptima del servicio de salud.

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febrero 16, 2024
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La Entidad comprobó en fallo de segunda instancia, que el exfuncionario permitió que la institución a su cargo fabricara y suministrara gases medicinales, que por no contar con la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración eran considerados como un producto farmacéutico fraudulento.

Además, avaló la adecuación y ajuste de la concentración de medicamentos estériles y no estériles, y el reempaque de medicamentos sólidos estériles, a pesar de no tener el certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.

Como consecuencia de estos incumplimientos, el Invima adelantó un proceso administrativo sancionatorio e impuso una multa de 3.000 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes SMMLV al hospital, tal como se evidenció en el acta de inspección, vigilancia y control.

La Procuraduría aseguró que Sánchez Sánchez no actuó oportunamente para evitar que la ESE que gerenciaba incurriera en irregularidades, “con lo cual puso en riesgo la prestación del servicio de salud, además de originar una afectación patrimonial, producto de la suma cuantiosa que fue impuesta por el Invima”.

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