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El Tribunal Administrativo de Santander suspendió la elección de la alcaldesa de La Paz, Cielo Díaz Amado, por doble militancia

El Tribunal Administrativo de Santander suspendió la elección de la alcaldesa de La Paz, Cielo Díaz Amado, por doble militancia

Foto: Tierra de Aventuras

Por: Redacción
febrero 21, 2024
Tiempo de lectura: 2 minutos leídos
A A
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La corporación judicial tomó la decisión el pasado 13 de febrero, luego de admitir la demanda de nulidad electoral presentada por el abogado Carlos Alfaro Fonseca.

Cielo Díaz Amado fue elegida alcaldesa en los comicios del 29 de octubre de 2023 con 1.625 votos, habiéndose inscrito por el movimiento «Sí es posible» y recibiendo avales de apoyo por los partidos políticos Cambio Radical y Alianza Democrática Amplia (ADA).

Para hacer oficial su candidatura, Díaz Amado había renunciado previamente a su militancia en el Partido Conservador el 24 de octubre de 2022, del que era concejal por esa colectividad política y como resultado del estatuto de oposición porque obtuvo la segunda votación para la Alcaldía de la Paz en las elecciones de 2019.

Sin embargo, la magistrada ponente Claudia Patricia Peñuela Arce advirtió que esa dimisión debía darse un año antes del inicio de las inscripciones de candidatos para los comicios del 29 de octubre de 2023, es decir, antes del 29 de junio de 2022. Según las pruebas, la demandada lo hizo casi cuatro meses después.

Además, el Partido Conservador avaló, para las elecciones de 2023, como candidato a la Alcaldía de La Paz a Camilo Yalid Saavedra Suárez, tal y como se puede constatar en el Acta E-26 ALC del 30 de octubre de 2023.

La magistrada Claudia Patricia Peñuela, estimó que en este caso se desconoció lo dispuesto en el artículo 107 de la Constitución Política y el artículo 2º de la Ley 1475 de 2011, toda vez que la demandada no renunció al Partido Conservador antes de los doce meses al inicio de las inscripciones, pues, se evidencia que la renuncia fue radicada formalmente el 24 de octubre de 2022, y que el calendario electoral define la fecha del 29 de junio de 2023 para el inicio del periodo de inscripciones para los comicios regionales del 29 de octubre de ese año.

Advierte además el Tribunal Administrativo de Santander, cuya decisión también tiene el voto afirmativo de los magistrados Iván Fernando Prada Macías y Francy del Pilar Pinilla Pedraza, que la medida cautelar, no es definitiva, no constituye prejuzgamiento y no restringe al funcionario judicial para que al momento de fallar asuma una posición total o parcialmente diferente.

Por otra parte, el abogado demandante Carlos Alfaro Fonseca, pretende con la nulidad que se declare la elección de Hermes Amado Castillo como alcalde del municipio de La Paz, quien en las mismas elecciones de octubre de 2023, obtuvo la segunda votación con 1.324 votos.

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La corporación judicial tomó la decisión el pasado 13 de febrero, luego de admitir la demanda de nulidad electoral presentada por el abogado Carlos Alfaro Fonseca.

Cielo Díaz Amado fue elegida alcaldesa en los comicios del 29 de octubre de 2023 con 1.625 votos, habiéndose inscrito por el movimiento «Sí es posible» y recibiendo avales de apoyo por los partidos políticos Cambio Radical y Alianza Democrática Amplia (ADA).

Para hacer oficial su candidatura, Díaz Amado había renunciado previamente a su militancia en el Partido Conservador el 24 de octubre de 2022, del que era concejal por esa colectividad política y como resultado del estatuto de oposición porque obtuvo la segunda votación para la Alcaldía de la Paz en las elecciones de 2019.

Sin embargo, la magistrada ponente Claudia Patricia Peñuela Arce advirtió que esa dimisión debía darse un año antes del inicio de las inscripciones de candidatos para los comicios del 29 de octubre de 2023, es decir, antes del 29 de junio de 2022. Según las pruebas, la demandada lo hizo casi cuatro meses después.

Además, el Partido Conservador avaló, para las elecciones de 2023, como candidato a la Alcaldía de La Paz a Camilo Yalid Saavedra Suárez, tal y como se puede constatar en el Acta E-26 ALC del 30 de octubre de 2023.

La magistrada Claudia Patricia Peñuela, estimó que en este caso se desconoció lo dispuesto en el artículo 107 de la Constitución Política y el artículo 2º de la Ley 1475 de 2011, toda vez que la demandada no renunció al Partido Conservador antes de los doce meses al inicio de las inscripciones, pues, se evidencia que la renuncia fue radicada formalmente el 24 de octubre de 2022, y que el calendario electoral define la fecha del 29 de junio de 2023 para el inicio del periodo de inscripciones para los comicios regionales del 29 de octubre de ese año.

Advierte además el Tribunal Administrativo de Santander, cuya decisión también tiene el voto afirmativo de los magistrados Iván Fernando Prada Macías y Francy del Pilar Pinilla Pedraza, que la medida cautelar, no es definitiva, no constituye prejuzgamiento y no restringe al funcionario judicial para que al momento de fallar asuma una posición total o parcialmente diferente.

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