Para fortalecer las medidas y acciones tendientes a prevenir desastres por el incremento de las lluvias, la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga – CDMB, reitera la vigencia y obligatorio cumplimiento de las directrices de preparación y prevención indicadas en la Circular 009 del 02 de octubre de 2024 ante la segunda temporada de lluvias de 2024.
La Circular 009 fue enviada el 02 de octubre de 2024 a toda la jurisdicción de la CDMB, y fue reiterada por la autoridad ambiental, el 13 de noviembre de 2024, para que sea replicada por los municipios y todos los consejos municipales de Gestión del Riesgo de Desastres, miembros del sistema de Gestión del Riesgo de Destares, personerías municipales, secretarías de despacho, entes descentralizados, empresas de servicios públicos y de transporte, juntas de Acción Comunal y comunidad en general.
La CDMB, como medida de prevención y principio de precaución, proporciona a la población y a los gobiernos locales de su jurisdicción ambiental una serie de lineamientos para que se preparen de manera anticipada y organizada ante la segunda temporada de más lluvias de 2024.
Algunas recomendaciones de la Circular 009 que deben tener en cuenta las entidades territoriales son:
1- Tener actualizados los Planes municipales de Gestión del Riesgo de Desastres – PMGRD.
2 – Tener actualizada la Estrategia Municipal de Respuesta a Emergencias – EMRE.
3 – Tener actualizado el Plan de Contingencia por la temporada de más luvias y difundirlos a la población para que conozca las rutas de evacuación y las medidas a seguir en caso de emergencia.
4 – Cumplir con lo dispuesto en la Resolución CDMB 1294 de 2009:
a. Aislamientos de más de 30 metros para los ríos Suratá, Tona, de Oro, Lato, Cachora del Espíritu Santo, Playonero, río Frío, entre otros, en los cuales históricamente han ocurrido crecientes súbitas e inundaciones.
b. Aislamientos en cauces secundarios de todos aquellos ríos y corrientes permanentes o no permanentes, donde se debe mantener una zona de protección o aislamiento superior a 15 metros.
c. En estas zonas de aislamientos descritas anteriormente, no pueden ser ocupadas, ni desarrollarse actividades de urbanismo o de uso agropecuario.
Puntos de especial atención:
Para el área de jurisdicción de la CDMB, especialmente en donde históricamente se han presentado lluvias torrenciales e inundaciones, se recomienda que se desarrollen alertas tempranas, continuo monitoreo, caracterización de las viviendas ubicadas en la zona de protección vulnerables a eventos naturales y se generen planes de contingencia para las zonas de protección ocupadas.
Estas zonas se refieren a las cuencas de los ríos Lebrija, de Oro, Suratá, Vetas, Charta, Frio, Manco, Lato, Tona, Salamaga, Rionegro, río Cachira del Espíritu Santo, quebradas Grande, La Angula, Las Raíces, Chirilí, La Baja, Palmira, Suratoque, La Ronda, La minas, Zapamanga, Los Curos, La Naranjera, Silgara, La Tigra, Betania, Sardinas, Samacá y Guacharacales, entre otros afluentes.
5 – Implementar y fortalecer los Sistemas de Alerta Temprana -SAT- institucional y comunitario.
6 – Identificar las zonas críticas en las áreas urbanas y rurales que puedan ser afectadas durante la temporada de lluvias, e implementar en ellas sistemas de monitoreo continuo para tomar medidas preventivas para la seguridad de la población, la fauna y la flora.
7 – Implementar un programa de mantenimiento de infraestructura de drenaje, asegurando que las alcantarillas, desagües y canales estén libres de obstrucciones.
8 – Asegurarse que los Planes Municipales de Emergencia estén alineados y coordinados con los planes de emergencia de instituciones sectoriales, empresas privadas y organizaciones comunitarias.
9 – Exigir que las empresas de servicios públicos presenten sus planes de gestión del riesgo y de continuidad operativa durante la temporada de lluvias.
10 – Mantenerse en constante monitoreo de los boletines e informes emitidos por la CDMB, IDEAM y UNGRD, que proporcionen actualizaciones sobre la evolución del clima, incrementos en los niveles de alerta y la posible ocurrencia de fenómenos extremos.
11 – Asegurar que los equipos y suministros necesarios estén listos para ser movilizados ante emergencias.
12 – Cuando se emita una alerta, es indispensable activar la cadena de llamadas en coordinación con las autoridades locales y territoriales.
14 – Asegurar que los fondos de emergencia estén debidamente actualizados.
Llamado a la acción.
Debido a la evolución del clima, en los municipios de jurisdicción de la CDMB es probable que la temporada de lluvias incremente la ocurrencia de fenómenos naturales como inundaciones, avenidas torrenciales, deslizamientos y movimientos en masa, lo que pondría en riesgo los servicios ecosistémicos, la vida de los habitantes y la infraestructura.