Un aumento de hasta tres veces en las ventas de un día promedio espera el comercio organizado para las jornadas del día sin IVA, las cuales que se realizarán en el país en octubre, noviembre y diciembre, aseguró la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Ximena Lombana.
Según la ministra, la reapertura plena de los establecimientos físicos y la inclusión de la opción de pago en efectivo en esta ocasión, serán elementos clave para darle un empujón al comercio y a la reactivación de la economía.
La funcionaria habló durante una sesión informativa virtual en la que estuvo acompañada de la presidenta ejecutiva de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, María Fernanda Quiñones, y del director de Gestión de Impuestos, Julio Lamprea Fernández.
Este espacio sirvió para resolver algunas dudas de los colombianos sobre cómo funcionará el comercio virtual y la facturación electrónica en los días sin IVA, el primero de los cuales se cumplirá el próximo 28 de octubre.
Requisito esencial: la factura electrónica
Este año un requisito esencial para que aplique el beneficio de exención del IVA es la expedición de la factura electrónica por parte de los comerciantes.
El director de Gestión de Impuestos de la DIAN, Julio Lamprea, destacó que el uso cada vez más frecuente de la factura electrónica ha traído beneficios tanto para llevar un mejor control de las transacciones, como para facilitar las operaciones de los ciudadanos.
Y aseguró que la exigencia de la facturación electrónica para esta jornada permitió que por primera vez se puedan hacer compras en efectivo en los comercios físicos, una opción que no existió durante las jornadas del día sin IVA del año pasado, cuando solo se permitían los pagos por medios electrónicos.
Lamprea hizo un llamado a que más empresarios y comerciantes adopten la facturación electrónica para que puedan aprovechar el impulso que generará a la economía las ventas en los días sin IVA.
Frente a eventuales fallas técnicas, tecnológicas u operativas en el uso de las plataformas que permiten realizar la facturación electrónica, señaló que los comerciantes podrán acudir a la facturación de contingencia.
Esta se podrá declarar según la resolución 42 de 2020 y solicitar a través del correo electrónico: contingencia.facturadorvp@dian.gov.co. En ese caso, el comerciante podrá hacer uso de la factura de papel como mecanismo de contingencia para solucionar el problema, pero deberá transmitir la información a la DIAN dentro de los siguientes 15 días calendario.