En cumplimiento con la resolución 777 de 2021, de la cartera de Salud, el Ministerio de Educación Nacional emitió orientaciones a los gobernadores, alcaldes, secretarios de educación, jefes de talento humano, directivos docentes, docentes y comunidad educativa para la prestación de clases presenciales en todas las instituciones educativas tanto públicas como privadas del país.
El documento detalla que las secretarías deben definir las fechas de inicio de presencialidad; esta fecha debe ser anterior o coincidir con el retorno a clases luego del período de vacaciones de mitad de año.
“El regreso a la prestación del servicio educativo de manera presencial está encaminado a garantizar el derecho fundamental a la educación en armonía con el derecho a la salud de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y responde de manera inmediata a sus necesidades y a la equidad en las oportunidades, para contribuir con el proyecto de vida de la presente generación”, precisó la Ministra de Educación, María Victoria Angulo.
Protocolos:
• Lavado de manos
• Distanciamiento físico mínimo de un metro en las aulas
• Uso correcto del tapabocas
• Adecuada ventilación
• Evitar reuniones colectivas
• En el transporte escolar, será obligatorio el uso del tapabocas y mantener las ventanas abiertas.
Excepciones:
• Cuando el aforo y la capacidad de la institución no permitan garantizar la distancia física de un metro en las aulas.
• Por razones de salud, cuando el estudiante manifieste imposibilidad para el retorno a las clases presenciales.
• Cuando las condiciones epidemiológicas dentro de una institución lo ameriten.