El mandatario dejó claro que el decreto solo será derogado si el Congreso aprueba los puntos incluidos en la consulta antes de que los colombianos acudan a las urnas. “Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes”, afirmó Petro, justificando la medida como una vía legítima para respaldar su agenda social ante los obstáculos legislativos.
La decisión ha generado una oleada de críticas y advertencias de sectores políticos, empresariales y jurídicos que han calificado la medida como una grave afectación al orden constitucional y democrático, señalando que el presidente estaría excediendo sus funciones al convocar una consulta que el Senado ya había rechazado. Incluso se han anunciado acciones legales y demandas de nulidad contra el decreto y los ministros que lo firmaron.
El decreto ya fue remitido a la Corte Constitucional, que ahora deberá determinar si cumple con los requisitos formales y materiales establecidos en la Carta Magna. Este pronunciamiento será determinante: de avalarse, la consulta popular podría realizarse en los próximos tres meses, posiblemente entre finales de agosto y principios de septiembre, según estimaciones del propio Gobierno.
En lo inmediato, la Corte Suprema y el Consejo de Estado comenzarán a recibir las demandas presentadas por la oposición, que buscarán frenar el decreto por inconstitucional. Si prosperan, la convocatoria podría verse suspendida o anulada.
Mientras tanto, el país se mantiene expectante ante el fallo de la Corte. El futuro de las reformas laborales y de salud, así como el equilibrio institucional, están en juego. La convocatoria a consulta popular se convierte así en un episodio crucial para la democracia colombiana, en medio de un ambiente de creciente tensión política y social.








