La Superintendencia de Transporte inició investigaciones administrativas en contra de 44 empresas habilitadas para el servicio de carga. Así mismo, sancionó con multa equivalente a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes y cancelación de la habilitación a cinco de estas empresas, al comprobarse que cesaron de manera injustificada en sus operaciones.
Como resultado de la verificación de la información contenida en el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC), el organismo de control pudo establecer que dichas empresas sancionadas no expiden ni remiten los manifiestos electrónicos de carga ante la plataforma RNDC, procedimiento obligatorio, cuando se encuentran prestando el servicio en un radio de acción intermunicipal y/o nacional.
“Completamos a la fecha 149 empresas de transporte a las que se les cancela la habilitación, lo cual entre otros evita que aparezcan ‘empresas de papel’ que no reportan al RNDC y podrían prestarse para prácticas prohibidas”, informó el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.
Los cargos impuestos son por presuntamente incumplir la obligación de remitir en línea y en tiempo real, los manifiestos electrónicos de carga a la plataforma del Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) de las operaciones de transporte realizadas durante diciembre de 2018 a junio de 2020. También, por presuntamente incumplir con su obligación de enviar los programas de control y seguimiento a las infracciones de tránsito de los conductores a través de la plataforma VIGIA, durante el periodo mencionado.
Igualmente, por presuntamente estar incurriendo en una cesación injustificada de actividades, durante el mismo periodo.
Con estas acciones, la Superintendencia excluye del mercado a empresas inactivas y mitiga el riesgo de que se presten para prácticas como venta de manifiestos u otras conductas prohibidas.