martes, mayo 17, 2022
MELODÍA
Advertisement
  • Inicio
  • Noticias
    Alias Otoniel sí nombró al senador Miguel Ángel Pinto: JEP

    Alias Otoniel sí nombró al senador Miguel Ángel Pinto: JEP

    A clases sin tapabocas en Bucaramanga

    A clases sin tapabocas en Bucaramanga

    Acuerdo entre estudiantes y Alcaldía de Barrancabermeja

    Acuerdo entre estudiantes y Alcaldía de Barrancabermeja

    18.100 familias afectadas y 47 muertos por cuenta de las lluvias

    Urgencia manifiesta para recuperar vías afectadas por lluvias en Santander

    Cierres viales nocturnos desde hoy sobre las carreras 21 y 22

    Cierres viales nocturnos desde hoy sobre las carreras 21 y 22

    Más de $1.500 millones en acuerdos comerciales en Compra Rural Santander

    Más de $1.500 millones en acuerdos comerciales en Compra Rural Santander

  • Audios
    • Podcast
    • Programas
SEÑAL EN VIVO
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
MELODÍA
  • Inicio
  • Noticias
    Alias Otoniel sí nombró al senador Miguel Ángel Pinto: JEP

    Alias Otoniel sí nombró al senador Miguel Ángel Pinto: JEP

    A clases sin tapabocas en Bucaramanga

    A clases sin tapabocas en Bucaramanga

    Acuerdo entre estudiantes y Alcaldía de Barrancabermeja

    Acuerdo entre estudiantes y Alcaldía de Barrancabermeja

    18.100 familias afectadas y 47 muertos por cuenta de las lluvias

    Urgencia manifiesta para recuperar vías afectadas por lluvias en Santander

    Cierres viales nocturnos desde hoy sobre las carreras 21 y 22

    Cierres viales nocturnos desde hoy sobre las carreras 21 y 22

    Más de $1.500 millones en acuerdos comerciales en Compra Rural Santander

    Más de $1.500 millones en acuerdos comerciales en Compra Rural Santander

  • Audios
    • Podcast
    • Programas
SEÑAL EN VIVO
Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
MELODÍA
En Vivo

Hasta el 30 de noviembre se amplió el plazo para aprovechar beneficios tributarios en Bucaramanga

Hasta el 30 de noviembre se amplió el plazo para aprovechar beneficios tributarios en Bucaramanga
Por: Redacción
junio 1, 2020
Tiempo de lectura: 2 minutos leídos
A A
0 0

Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos municipales –que hayan presentado demandas de nulidad y restablecimiento del derecho contra liquidaciones oficiales, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo–, ahora tienen plazo hasta el 30 de noviembre próximo para presentar una solicitud de conciliación ante la Secretaría de Hacienda de Bucaramanga, y aprovechar los siguientes beneficios temporales en aspectos tributarios que ofrece el Acuerdo 002 de 2020:

El 80% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones, intereses y actualizaciones –según el caso–, discutidos contra liquidaciones oficiales de los impuestos municipales.
*Condiciones: el proceso contra la liquidación oficial debe encontrarse en única o primera instancia ante un Juzgado o Tribunal Administrativo. Asimismo, el demandante debe pagar el 100% del impuesto en discusión, así como el 20% restante del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones.

El 70% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones, intereses y actualizaciones –según el caso–, discutidos contra liquidaciones oficiales tributarias.
*Condiciones: el proceso contra la liquidación oficial tributaria debe encontrarse en segunda instancia ante el Tribunal Contencioso Administrativo o Consejo de Estado –según el caso–. Cabe aclarar que se entenderá que el proceso se encuentra en segunda instancia cuando ha sido admitido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia.

Asimismo, el demandante debe pagar el 100% del impuesto en discusión, así como el 30% restante del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones. Haga CLIC AQUÍ para conocer más detalles de los requisitos y condiciones para acceder a los anteriores beneficios.

Solicitud de terminación por mutuo acuerdo

Hasta el 30 de noviembre próximo también tienen plazo para solicitar la terminación por mutuo acuerdo de sus procesos, aquellos a quienes se les haya notificado un requerimiento especial, liquidación oficial y/o resolución de recursos de reconsideración antes de la entrada en vigencia de la Ley 2010 de 2019. Estos son los principales beneficios de la terminación por mutuo acuerdo:

El 80% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones actualizadas e intereses –según el caso–.
*Condiciones: el contribuyente o responsable, agente retenedor, debe corregir su declaración privada, así como pagar el 100% del impuesto o tributo a cargo –o del menor saldo a favor propuesto o liquidado–, y el 20% restante del valor total de las sanciones o intereses.

El 70% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones e intereses, en el caso de resoluciones que imponen sanción por no declarar –y aquellas que fallan los respectivos recursos–.
*Condiciones: el contribuyente debe presentar la declaración correspondiente al impuesto o tributo objeto de la sanción, así como pagar el 100% del impuesto a cargo, y el 30% de las sanciones e intereses.

Además, el contribuyente, agente de retención o responsable, debe adjuntar la prueba del pago de la liquidación o liquidaciones privadas del impuesto objeto de la transacción correspondiente al año gravable 2019, si hay lugar al pago de impuestos y retenciones del periodo materia de discusión.

Tal como lo expresa el Decreto 0161 de 2020, el acta de la conciliación o terminación deberá suscribirse a más tardar el 31 de diciembre próximo. En el caso de la conciliación, el acuerdo debe presentarse por cualquiera de las partes para su aprobación ante el juez administrativo o ante la respectiva corporación de lo contencioso administrativo, según el caso, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su suscripción, demostrando el cumplimiento de los requisitos legales.

Artículo Previo

Sesenta y siete son los casos confirmados con COVID-19 en Santander

Siguiente Artículo

Conozca las medidas que rigen en el área metropolitana a partir de hoy



Hasta el 30 de noviembre se amplió el plazo para aprovechar beneficios tributarios en Bucaramanga

Hasta el 30 de noviembre se amplió el plazo para aprovechar beneficios tributarios en Bucaramanga
Por: Redacción
junio 1, 2020
Tiempo de lectura: 2 minutos leídos
A A
0 0

Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos municipales –que hayan presentado demandas de nulidad y restablecimiento del derecho contra liquidaciones oficiales, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo–, ahora tienen plazo hasta el 30 de noviembre próximo para presentar una solicitud de conciliación ante la Secretaría de Hacienda de Bucaramanga, y aprovechar los siguientes beneficios temporales en aspectos tributarios que ofrece el Acuerdo 002 de 2020:

El 80% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones, intereses y actualizaciones –según el caso–, discutidos contra liquidaciones oficiales de los impuestos municipales.
*Condiciones: el proceso contra la liquidación oficial debe encontrarse en única o primera instancia ante un Juzgado o Tribunal Administrativo. Asimismo, el demandante debe pagar el 100% del impuesto en discusión, así como el 20% restante del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones.

El 70% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones, intereses y actualizaciones –según el caso–, discutidos contra liquidaciones oficiales tributarias.
*Condiciones: el proceso contra la liquidación oficial tributaria debe encontrarse en segunda instancia ante el Tribunal Contencioso Administrativo o Consejo de Estado –según el caso–. Cabe aclarar que se entenderá que el proceso se encuentra en segunda instancia cuando ha sido admitido el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia.

Asimismo, el demandante debe pagar el 100% del impuesto en discusión, así como el 30% restante del valor total de las sanciones, intereses y actualizaciones. Haga CLIC AQUÍ para conocer más detalles de los requisitos y condiciones para acceder a los anteriores beneficios.

Solicitud de terminación por mutuo acuerdo

Hasta el 30 de noviembre próximo también tienen plazo para solicitar la terminación por mutuo acuerdo de sus procesos, aquellos a quienes se les haya notificado un requerimiento especial, liquidación oficial y/o resolución de recursos de reconsideración antes de la entrada en vigencia de la Ley 2010 de 2019. Estos son los principales beneficios de la terminación por mutuo acuerdo:

El 80% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones actualizadas e intereses –según el caso–.
*Condiciones: el contribuyente o responsable, agente retenedor, debe corregir su declaración privada, así como pagar el 100% del impuesto o tributo a cargo –o del menor saldo a favor propuesto o liquidado–, y el 20% restante del valor total de las sanciones o intereses.

El 70% de descuento en el valor correspondiente a las sanciones e intereses, en el caso de resoluciones que imponen sanción por no declarar –y aquellas que fallan los respectivos recursos–.
*Condiciones: el contribuyente debe presentar la declaración correspondiente al impuesto o tributo objeto de la sanción, así como pagar el 100% del impuesto a cargo, y el 30% de las sanciones e intereses.

Además, el contribuyente, agente de retención o responsable, debe adjuntar la prueba del pago de la liquidación o liquidaciones privadas del impuesto objeto de la transacción correspondiente al año gravable 2019, si hay lugar al pago de impuestos y retenciones del periodo materia de discusión.

Tal como lo expresa el Decreto 0161 de 2020, el acta de la conciliación o terminación deberá suscribirse a más tardar el 31 de diciembre próximo. En el caso de la conciliación, el acuerdo debe presentarse por cualquiera de las partes para su aprobación ante el juez administrativo o ante la respectiva corporación de lo contencioso administrativo, según el caso, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su suscripción, demostrando el cumplimiento de los requisitos legales.



Artículo Previo

Sesenta y siete son los casos confirmados con COVID-19 en Santander

Siguiente Artículo

Conozca las medidas que rigen en el área metropolitana a partir de hoy

Siguiente Artículo
Presidente Duque afirma que la llave de la gradualidad para la recuperación de vida productiva comercial está en manos de los alcaldes

Conozca las medidas que rigen en el área metropolitana a partir de hoy

Política de Privacidad

© 2022 Radio Melodía - Todos los Derechos Reservados - Director: Sergio Rafael Serrano - Diseñado por: SERO.

Sin Resultados
Ver Todos los Resultados
  • Inicio
  • Noticias
  • Audios
    • Podcast
    • Programas

Política de Privacidad

© 2022 Radio Melodía - Todos los Derechos Reservados - Director: Sergio Rafael Serrano - Diseñado por: SERO.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In

Add New Playlist

-
00:00
00:00

Queue

Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir a la versión móvil