Juez 15 Administrativo de Bucaramanga, EDWARD AVENDAÑO BAUTISTA determinó que, desde el primero de mayo de 2024, solo los cuatro municipios del Área Metropolitana, Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta podrán depositar las basuras en el botadero El Carrasco.
En el mismo fallo advierte que los demás municipios deben encontrar otros sitios para la disposición final de los residuos sólidos. La otra condición es que se deben reducir las toneladas de basura que se llevan al lugar en un 15%, lo que significa que, de las cerca de mil toneladas, se debe reducir 150.
Esto quiere decir que será tarea de los alcaldes de los municipios metropolitanos iniciar agresivas campañas para incentivar el reciclaje, advierte el juez que quien incumpla el fallo no podrá depositar las basuras en el lugar.
Conforme a lo dispuesto por el H. Tribunal Administrativo de Santander, JAIME ANDRÉS BELTRÁN MARTÍNEZ de Bucaramanga, CAMPO ELÍAS RAMÍREZ PADILLA de Girón, JOSÉ FERNANDO SÁNCHEZ CARVAJAL de Floridablanca, OSCAR JAVIER SANTOS GALVIS de Floridablanca, , para que en coordinación y colaboración con JUAN CARLOS REYES NOVA en su calidad de Director de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga.
De la CDMB, requiere que se presente un PLAN DE ACCIÓN ejecutable a corto, mediano y largo plazo que realizaran durante su periodo como mandatario municipal, en donde se establezcan medidas concretas, coordinadas y verificables a través de una planeación adecuada tendientes a materializar el cumplimiento de las sentencias expedidas el 01 de marzo de 2009 por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga confirmada parcialmente el 16 de febrero de 2011 por el Tribunal Administrativo de Santander, que ordenó el cierre definitivo del Sitio de Disposición Final “El Carrasco” y la búsqueda de un nuevo lugar, para lo cual estos instrumentos de solución deberán tener en cuenta lo siguiente:
3.3. Realizar una convocatoria abierta para el próximo 06 DE MAYO DE 2024 a partir de las 08:30 A.M. donde de manera conjunta los señores alcaldes de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón escucharán las propuestas relacionadas con la implementación de herramientas técnicas o nuevas alternativas para la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos.
3.4. Estudiar la caracterización a los residuos sólidos realizada por la Empresa de Aseo de Bucaramanga con el fin de que cada municipio adopte las medidas a corto, mediano y largo plazo a que haya lugar.
3.5. Establecer acciones concretas, efectivas y sostenibles con una hoja de ruta clara orientada a la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos que se generen en su jurisdicción.
3.6. Realizar una adecuada planeación que permita implementar metas cuantificables y viables con responsabilidades concretas orientadas a la disminución de residuos sólidos, la transformación y aprovechamiento de los mismos y/o la búsqueda de un nuevo lugar, con un cronograma definido que permitan obtener una solución planificada, las cuales deberán estar en funcionamiento en el corto plazo antes del 01 de abril de 2025, en el mediano plazo antes del 01 de abril de 2026 y en el largo plazo antes del 01 de abril de 2027.
3.7. Realizar campañas de sensibilización para aumentar la separación en la fuente, el aprovechamiento y tratamiento de los residuos sólidos en su territorio.
3.8. Imponer medidas sancionatorias para quienes no separen en la fuente o generen contaminación cruzada por la combinación de residuos sólidos que han sido previamente separados.
3.9. Aumentar las rutas selectivas para el tratamiento y aprovechamiento de residuos sólidos generados en su municipio.
3.10. Evaluar la incorporación de herramientas técnicas orientadas a la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos, tal y como lo señala el artículo 227 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo) a través del PROGRAMA BASURA CERO.
3.11. Establecer a través de un instrumento de planificación la búsqueda de un nuevo lugar que sustituya el actual Sitio de Disposición Final.
3.12. Evitar la comisión de los errores del pasado a través de la mala planificación de medidas que finalmente no fueron ejecutadas para sustituir la manera en que se trasforman los residuos sólidos en el Sitio de Disposición Final “El Carrasco”, así como la búsqueda de un nuevo lugar, o la implementación de nuevas tecnologías.
3.13. Finalmente, el propósito principal es disminuir la cantidad de residuos que se disponen (entierran) en el Sitio de Disposición Final “El Carrasco” y aumentar los que se transforman y aprovechan, para lo cual, los señores alcaldes de los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Piedecuesta y Girón deberán presentar soluciones que sean sostenibles y viables en el tiempo.
El plan de acción a CORTO PLAZO se presentará al Despacho antes del 28 DE MAYO DE 2024, en lo que respecta a las acciones a mediano y largo plazo se concertará en la audiencia de verificación del cumplimiento del fallo.
De Igual manera, en el numeral 10.2 requiere al señor JUVENAL DIAZ MATEUS en su calidad de Gobernador del Departamento de Santander para que antes del 20 DE MAYO DE 2024, inclusive, se sirva indicar cuales son las medidas que va a adoptar para apoyar la implementación del plan de acción a corto, mediano y largo plazo con el fin de lograr el cierre del Sitio de Disposición Final “El Carrasco”, la ubicación de un nuevo lugar, o en su defecto, la implementación de nuevas herramientas técnicas orientadas a la transformación y aprovechamiento de los residuos sólidos, tal y como lo señala el artículo 227 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo) a través del PROGRAMA BASURA CERO.