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APC-Colombia expedirá Certificados de Utilidad Común a proyectos de cooperación internacional

APC-Colombia expedirá Certificados de Utilidad Común a proyectos de cooperación internacional

Fotografía: www.pixabay.com

Por: Redacción
diciembre 9, 2021
Tiempo de lectura: 2 minutos leídos
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El Gobierno de Colombia expidió el Decreto 1651 de diciembre de 2021 que reglamenta el artículo 138 de la Ley 2010 de 2019 sobre la exoneración de impuestos, tasas o contribuciones a los programas que cuentan con recursos de donantes extranjeros que benefician a las comunidades y territorios del país.

Este decreto centraliza en la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional, APC-Colombia, el registro de los programas de cooperación internacional y la expedición de los Certificados de Utilidad Común (CUC).

APC-Colombia se encargará de atender las solicitudes de las entidades ejecutoras para expedir los CUC, los cuales deberán contar con dos conceptos favorables:

1. Del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre lo convenido por el Gobierno colombiano y la entidad extranjera.

2. De la entidad pública del orden nacional, territorial o cabeza del sector, beneficiaria de los fondos provenientes de la donación, en el que se valide el cumplimiento de la utilidad común.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), de acuerdo con sus funciones, será la responsable de otorgar las exenciones.

Las solicitudes para expedición de Certificados de Utilidad Común, puede hacerlas al correo pqr@apccolombia.gov.co Conozca el decreto aquí.

Los programas de utilidad común, son aquellos que están orientados a beneficiar a uno o varios grupos o comunidades que podrán estar alineados con el Plan Nacional de Desarrollo vigente o los Planes Territoriales de desarrollo y/o en la Estrategia Nacional de Cooperación Internacional (ENCI) vigentes. Hacen parte de estos las donaciones destinadas a asistencia humanitaria, desastres naturales, emergencias sanitarias y/o calamidad pública, entre otros.

La Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC–Colombia tiene por objetivo gestionar, orientar y coordinar técnicamente la cooperación internacional pública, privada, técnica y financiera no reembolsable que reciba y otorgue el país; así como ejecutar, administrar y apoyar la canalización y ejecución de recursos, programas y proyectos de cooperación internacional, atendiendo los objetivos de política exterior y el Plan Nacional de Desarrollo.

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El Gobierno de Colombia expidió el Decreto 1651 de diciembre de 2021 que reglamenta el artículo 138 de la Ley 2010 de 2019 sobre la exoneración de impuestos, tasas o contribuciones a los programas que cuentan con recursos de donantes extranjeros que benefician a las comunidades y territorios del país.

Este decreto centraliza en la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional, APC-Colombia, el registro de los programas de cooperación internacional y la expedición de los Certificados de Utilidad Común (CUC).

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1. Del Ministerio de Relaciones Exteriores sobre lo convenido por el Gobierno colombiano y la entidad extranjera.

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