La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas por más de 5.763 millones de pesos a tres sociedades mayoristas del sector salud, tras detectar sobrecostos exorbitantes en la comercialización de medicamentos, que en algunos casos superaron el 7.000 % respecto al precio máximo permitido por ley.
Las empresas sancionadas son Distribuidora Hospitalaria de Cúcuta SAS; Fabilu SAS, propietaria de la IPS Clínica Colombia ES en Cali; y Fabisalud IPS SAS, responsable de la IPS Clínica Cristo Rey, también en Cali. Las sanciones se derivan de incumplimientos al Régimen de Control Directo de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, establecido por la Comisión Nacional de Precios en la Circular 13 de 2022.
El presidente Gustavo Petro reaccionó a través de su cuenta en X, calificando los hechos como “sobrecostos hasta del 7.000 % en medicamentos contra la sociedad y los pacientes de Colombia”, y señaló directamente a las tres sociedades como responsables.
Según la SIC, entre octubre de 2022 y junio de 2023, Distribuidora Hospitalaria de Cúcuta SAS comercializó 47 medicamentos con precios que excedieron los límites legales entre un 1,24 % y un alarmante 7.000,93 %. Por su parte, Fabilu SAS incurrió en sobrecostos de entre 3,5 % y 164,7 % en la venta de nueve medicamentos a una Empresa Social del Estado, y como IPS, vendió diez medicamentos con incrementos que oscilaron entre 3,38 % y 2.175,11 %.
Fabisalud IPS SAS también fue sancionada por comercializar cuatro medicamentos con sobrecostos que van desde el 0,09 % hasta el 100 %, durante el periodo comprendido entre enero y diciembre de 2023.
Las multas fueron impuestas en primera instancia, por lo que las empresas tienen derecho a interponer recursos de reposición y apelación.
La SIC subrayó que el régimen de control de precios es una herramienta esencial para proteger el interés general, evitar abusos de mercado y garantizar la sostenibilidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Además, recordó que el cumplimiento de esta norma es vital para asegurar el acceso equitativo a tratamientos esenciales y salvaguardar derechos fundamentales como la salud y la vida.








