La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá resolvió una acción de tutela a favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez y ordenó dejar sin efecto la medida de detención domiciliaria que había sido impuesta el pasado 1° de agosto por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá. La decisión tiene carácter provisional y estará vigente mientras se resuelve el recurso de apelación interpuesto contra la condena por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
En el fallo, el Tribunal señala que se vulneraron derechos fundamentales del exmandatario, por lo que se suspende temporalmente la ejecución de la pena de 12 años de prisión domiciliaria. El juzgado deberá expedir la boleta de libertad en cumplimiento de la orden judicial.
La medida ha generado reacciones diversas en el ámbito político y jurídico, al tratarse de una figura pública cuya trayectoria ha marcado profundamente la historia reciente del país. Mientras algunos sectores celebran la decisión como una garantía del debido proceso, otros cuestionan el alcance de las tutelas en casos de alta sensibilidad institucional.
Este nuevo capítulo en el proceso judicial contra Uribe reabre el debate sobre la independencia de la justicia, el uso de mecanismos constitucionales como la tutela, y el impacto de las decisiones judiciales en la confianza ciudadana.
 
  
 





 
 

