El Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República un proyecto de Ley para ofrecer alivios en el pago del impuesto predial por predios urbanos y rurales en todo el país.
La iniciativa, que lleva las firmas de los ministros de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González, y de Agricultura, Jhenifer Mojica Flórez, consta de cuatro artículos en los que se modifican las Leyes 44 de 1990 y 1995 de 2019.
“El proyecto no es un incremento del impuesto predial. El Gobierno Nacional no está autorizado para hacerlo, eso es potestad de los Concejos Municipales. Lo que estamos presentando es un alivio para que la actualización del catastro no impacte inmediata ni directamente el impuesto predial a los ciudadanos», explicó el ministro Bonilla los alcances de la norma propuesta.
Si bien el proyecto establece incrementos en el pago del impuesto predial de entre 50% y 300% con relación a lo que se pagó el año inmediatamente anterior, se están evitando pagos superiores a los que se liquidarían con la norma vigente que, en todos los casos, sería superior al 1.000%, añadió.
En otros casos, la iniciativa disminuye las excepciones de predios a los que no les aplica límite, precisa las categorías y los límites quedarían vigentes, de ser aprobada la norma en estudio.
Para la zona rural, por ejemplo, actualmente solo contempla un mayor pago para los predios con más de 100 hectáreas, lo cual no es un indicador de productividad ni aprovechamiento de la tierra. El proyecto propone límites más precisos y progresivos para la zona rural.
La exposición de motivos señala que solo 5% de los predios entrarán en los rangos más altos de incremento, y la gran mayoría de los predios del país tendrán un aumento máximo del IPU (Impuesto Predial Unificado) del 50%, mientras que el proyecto pretende poner límite a los incrementos.
La nueva tabla predial
El ministro Bonilla González explicó que tanto la Nación como los distintos catastros del país están haciendo una actualización del avalúo catastral, en la que no se están teniendo en cuenta los impactos automáticos que se generan sobre el impuesto predial, y solamente se genera un alivio a los predios que tienen un avalúo inferior a 135 salarios mínimos.
“La norma vigente dice que si se actualiza el avalúo catastral, el municipio no le podrá cobrar más allá del 100% de lo que pagó el año inmediatamente anterior. Pero no dice nada de los predios que tienen avalúos superiores, lo que significa que si a una persona le aumentaron el avalúo catastral en el 1.000%, el impuesto predial le podría subir hasta el 1.000%», explicó el funcionario.
Según el proyecto radicado por los ministros de Hacienda y de Agricultura, los alivios se manejarán a partir de la siguiente tabla: