El Portavoz del Gobierno Nacional y Ministro del Interior, Alfonso Prada, aclaró este lunes que el Decreto que reglamenta la facultad que le otorgó el Congreso al Presidente de la República para hacer las solicitudes de suspensión de capturas “no es una amnistía, no es un indulto; reitero que no es un perdón judicial” y explicó que “quienes vayan a ser beneficiarios de esta medida quedan vinculados judicialmente a los expedientes y correrán la suerte que, finalmente, definan los jueces en sentencia judicial. Los procesos, por ende, no se suspenden”.
Así se desprendió de una reunión que sostuvieron en la Casa de Nariño representantes del Ministerio de Justicia, la Consejería Presidencial para la Juventud, el Ministerio del Interior y la Secretaría Jurídica de la Presidencia, en la que se determinó conformar una Comisión de Alto Nivel que se encargará de la reglamentación.
En dicha reglamentación, según aseguró el ministro Alfonso Prada, “quedará consignado que no podrán, bajo ninguna circunstancia, violar una sola norma jurídica so pena de ser revocado el beneficio de la suspensión de la captura”.
Comentó además que “esta medida está dirigida a líderes sociales, no solamente a jóvenes capturados en medio de la protesta social sino en general a líderes sociales, que el Gobierno, en cabeza del Presidente y con la recomendación de la comisión de alto nivel, consideran que pueden aportar básicamente a la consolidación del proceso de paz en sus regiones y a la conflictividad social que está supremamente visible en los territorios”.
Esta decisión, reiteró el Ministro del Interior, “se da en el marco del profundo respeto del Gobierno Nacional a la división de poderes, a la administración de justicia y naturalmente al derecho a la protesta que tienen los colombianos”.